Destitución de Tellechea: El decreto que lo removió del cargo
Tras varias denuncias de irregularidades en su gestión los concejales votaron en la noche del viernes la remoción del Jefe de la Comuna de su cargo. Fueron 12 votos a favor, una abstención y cinco en contra. Horacio Tellechea es cercano al Vicegobernador, Gabriel Mariotto. Recorrerá a la Justicia para volver a la intendencia. El decreto completo.
DECRETO
ARTÍCULO 1º:- Rechácense las nulidades articuladas por el Sr. Intendente Tellechea en su Escrito Defensivo, por los argumentos expuestos en los considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 2º: Declarase responsable al Sr. HORACIO JAVIER TELLECHEA por los hechos graves de que dan cuenta los cargos: I a XIIl contenidos en el Anexo I del Decreto 2811/13 que se meritan en el considerando del presente Decreto.
ARTICULO 3º: Declarase que la conducta del Sr. HORACIO JAVIER TELLECHEA encuadra en las previsiones del art. 249 incisos 1 y 2 del Decreto ley 6769/58 – LOM- según la discriminación que se realiza en el considerando del presente decreto.
ARTICULO 4º : Dispónese la DESTITUCION del Sr. HORACIO JAVIER TELLECHEA del cargo de Intendente Municipal del Partido de Necochea en los términos del art. 250 inc. 5 del Dto. 6769/58 por encontrarlo responsable de las conductas graves mencionadas en los artículos 2 y 3 precedentes.
ARTICULO 5º: Ratifícase la suspensión del Sr. HORACIO JAVIER TELLECHEA dispuesta por Decreto 2811/13 hasta tanto asuma el concejal del Frente Para la Victoria a los fines del art. 15 párrafo tercero y del art. 87 del Dto. 6769/58 LOM y en virtud de la destitución que se dispone por este decreto.
ARTICULO 6º: Notifíquese a los Sres. Concejales integrantes del Bloque Frente Para la Victoria a los fines del art. 15 párrafo tercero y del art. 87 del Dto. 6769/58 LOM-.
ARTICULO 7º: Notifíquese al Contador Municipal, al Tesorero Municipal y al Jefe de Compras el presente, a los efectos que realicen los actos, deberes y obligaciones legales que indican las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades y del Decreto Provincial Nº 2980/00 (RAFAM) y del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades.
ARTICULO 8º: Notifíquese al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Subsecretaría de Asuntos Municipales, Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires y al Banco de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 9º: Notifíquese al Sr. HORACIO JAVIER TELLECHEA del presente Decreto.
ARTICULO 10º: Publíquese en el Boletín Oficial, hecho, archívese.