Dictan prisión preventiva para los camioneros Cabaleyro y Espíndola con arresto domiciliario
El juez Román Parodi, que reemplaza a María Eugenia Maiztegui, de San Nicolás, rechazó el pedido de libertad de los imputados. Ambos permanecerán detenidos con prisión preventiva al menos por los próximos ocho meses. El abogado Mauricio Gugger logró que, por cuestiones de salud, ambos recibieron el beneficio de arresto domiciliario con pulsera electrónica.
Este martes la Justicia de San Nicolás se expidió respecto del pedido de prisión preventiva para los sindicalistas de Camioneros Maximiliano Cabaleyro y Fernando Espíndola, en prisión desde el 8 de abril último, quienes deberán permanecer detenidos mientras se sustancia el proceso que los llevará a juicio, al menos por los próximos ocho meses, plazo en el que recién podrán revisar la medida. Así lo decidió el juez Román Parodi quien suplantó a María Eugenia Maiztegui, licenciada por un cuadro de estrés.
El abogado Mauricio Gugger, que defiende a ambos imputados por extorsión y coacción, logró que se los beneficie con arresto domiciliario, por lo que los dos sindicalistas deberán permanecer detenidos en sus viviendas, con pulsera electrónica y bajo la tutela de sus esposas.
Una vez que quede firme la resolución, lo que podría ocurrir para el lunes próximo, Cabaleyro será trasladado en condición de detenido a su casa de San Nicolás, de la que no podrá salir, y Espíndola hará lo propio en la suya en San Pedro, con comunicación y a disposición del Juzgado de Garantías, bajo control del Patronado de Liberados.
El juez dispuso para ambos la prohibición de contacto por cualquier medio con los integrantes de la familia Rey, denunciantes en la causa por la que están detenidos, sus familiares, la firma comercial o cualquier integrante de la empresa, testigo vinculado y además abstenerse de “realizar actos de perturbación y/o intimidación” en relación a Rey Distribución.
Desde la parte querellante, todo indica que la abogada Florencia Arietto apelará la decisión de beneficiarlos con el arresto domiciliario aunque celebraron que se les haya dictado la prisión preventiva.
En la audiencia, el abogado de los imputados había pedido la libertad, que fue denegada, y subsidiariamente el arresto domiciliario, beneficio otorgado. Argumentó “arraigo, contención familiar y domicilio conocido” y “el estado de los establecimientos carcelarios”, donde al no gozar Espíndola y Cabaleyro de “plena salud” se ven en situación de vulnerabilidad.
Cabaleyro dijo en la audiencia que es un adicto en recuperación y que hace cuatro años y nueve meses que no consume marihuana y cocaína, drogas con la que tenía dependencia ante de esa fecha. Señaló que en la DDI las condiciones de detención eran precarias, que comparte celda con otras nueve personas y que comía cuando su familia le llevaba alimentos.
Por su parte, Espíndola había señalado que tiene asma, úlcera de duodeno y gastritis crónica, que en la DDI no cuentan con agua caliente por lo que se tenía que bañar “por partes con un tacho”.
Comentarios
Para comentar, debés estar registrado
Por favor, iniciá sesión