Dos meses sin el ARA San Juan: Promulgaron la ley que crea una comisión investigadora
La norma fue publicada en el Boletín Oficial. Se da justo en el día que se cumplen dos meses de la desaparición del submarino con 44 tripulantes. El cuerpo estará integrado por seis diputados y seis senadores, que serán asesorados por especialistas. Deberán presentar un informe en un año, periodo prorrogable por un año más.
A través del decreto 40/2018, el Gobierno nacional promulgó la Ley 27.433 que crea la "Comisión Especial Investigadora sobre la Desaparición, Búsqueda y Operaciones de Rescate del Submarino ARA San Juan", que funcionará en el Congreso de la Nación.
La norma surgió gracias al pedido de los familiares de los 44 tripulantes que viajaban a bordo del submarino, y que fueron recibidos tanto en Diputados como en el Senado por representantes de distintos bloques.
De acuerdo a la Ley, la comisión "tendrá por objeto el análisis, la evaluación y el esclarecimiento de las causas y circunstancias del siniestro de la embarcación, el desarrollo de las acciones desplegadas por el Estado argentino para su hallazgo y el desempeño de la cooperación internacional recibida para su localización y rescate".
El cuerpo estará integrado por seis diputados y seis senadores nacionales, designados por los presidentes de cada cámara. A su vez, la comisión designará un cuerpo de especialistas para asesoramiento ad-honorem. Este cuerpo estará integrado por cinco miembros que podrán ser "militares retirados de la Armada Argentina con grado no inferior a Contraalmirante, y/o civiles con reconocida trayectoria y experticia en materia de defensa nacional" y no deberán tener "procesamientos ni condenas por delitos de lesa humanidad".
Entre sus funciones, la comisión podrá iniciar investigaciones de oficio, citar a funcionarios, solicitar informes y documentos y realizar reuniones secretas y reservadas. Deberá elaborar un informe final en un plazo no mayor a un año desde su conformación, el cual podrá prorrogarse no más allá de un año más. El mismo deberá ser obligatoriamente público, y contener una opinión fundada sobre la determinación de las posibles causas de la desaparición de la nave, el desempeño de los mandos navales, y el de las autoridades del Ministerio de Defensa.
A su vez, deberá informarse sobre las condiciones de mantenimiento de la nave; el detalle de la misión encomendada al submarino, el listado completo de la tripulación, y el análisis de las condiciones de adiestramiento, entre otras cosas.