Elección histórica: Juan Ibarguren fue electo intendente de Pinamar por un voto
Así se determinó tras la apertura de 15 urnas pedida por Unión por la Patria. La Cámara revirtió la primera decisión de la Junta electoral.
Luego de la apertura de urnas concedida por la Cámara Electoral a Unión por la Patria, Juan Ibarguren, de Juntos por el cambio, se alzó con el triunfo por apenas un voto.
Así quedó definido en la apertura que se llevó a cabo en la ciudad de La Plata luego que la Cámara hiciera lugar a la apelación de Unión por la Patria, en representación de Gregorio Estanga, y ordenara abrir quince urnas para determinar quién ganó la Intendencia de Pinamar, que había sido adjudicada a Ibarguren.
Cristian Ritondo, diputado nacional de PRO, felicitó al ganador. “En Pinamar hoy abrieron 15 urnas, que son el 20% del total, después de un mes pasada la elección. Un caso inédito. En el recuento ganamos por 1 voto. La importancia de fiscalizar es total”, dijo.
"Este Tribunal no puede pasar por alto –en primer lugar- la exigua diferencia de votos entre las agrupaciones “Unión por la Patria” y “Juntos por el Cambio”, lo que determina que se encuentre en juego la atribución del cargo ejecutivo de la localidad de Pinamar. Por lo demás, las mesas señaladas se encuentran dentro de una división territorial determinada", destacó el fallo.
Afirmó además que "de la documentación agregada a la causa (cf. fs. 49/77) surgen diferencias sustanciales en los resultados de esas mesas respecto del resto de la sección a la que pertenecen - que cuenta con los cuatro circuitos mencionados-, circunstancia que autoriza a contemplar la posible existencia de errores en la documentación".
Valoró también la Cámara que "se presenta en el caso la particularidad de que frente a situaciones similares a las de autos -respecto de la localidad de La Plata- la Junta Electoral Nacional de Buenos Aires había resuelto afirmativamente un pedido de recuento de votos, mientras que en el sub examine se abstuvo de aplicar dicho criterio con el argumento de "la falta de [conformidad a la apertura solicitada] […] por una de las partes con interés jurídico legítimo".
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