Fallo de la Corte bonaerense: Municipio de Berazategui le ganó pulseada judicial a Grido
La empresa cuestionó una ordenanza. El tribunal reafirmó la validez de la política municipal destinada a proteger el comercio local.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense desestimó la demanda presentada por la firma Grido, que cuestionaba una ordenanza que limita el número de locales pertenecientes a franquicias o cadenas comerciales.
La ordenanza 5858/2020 dice “Limitase en el Partido de Berazategui la instalación de comercios de modalidad Cadena Comercial y/o Franquicia a un máximo de 4 locales comerciales en el Partido, distribuidos en 1 por Localidad”.
La empresa Helacor SA, propietaria de Grido, había solicitado que se declarara la inconstitucionalidad de esta Ordenanza, impulsada en 2020 por el intendente Juan José Mussi.
En su fallo, la Suprema Corte bonaerense concluyó que Grido no pudo demostrar la inconstitucionalidad de la Ordenanza.
El Tribunal destacó que la medida no afecta esencialmente los derechos constitucionales de la empresa y subrayó la intención política de la Municipalidad de Berazategui de proteger a los pequeños comerciantes locales.
La Municipalidad de Berazategui argumentó que el aumento de establecimientos bajo la modalidad de franquicias y cadenas comerciales generaba un impacto negativo en los pequeños comerciantes locales, favoreciendo la creación de un mercado monopólico.
La decisión del Honorable Concejo Deliberante de Berazategui (HCD) no se considera aislada ni irrazonable, sino que se suma a otras medidas similares ya aprobadas, como las Ordenanzas N° 5622 (Góndola Local), N° 5754 (Educación para el Consumo Local) y N° 3254 (Prohibición de Hipermercados).
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