Guardavidas: La Suprema Corte bonaerense falló a favor del municipio de Monte Hermoso
El fallo responde “a la demanda presentada por el municipio pidiendo al máximo tribunal que dictara sentencia con relación a los términos de varios artículos de la Constitución provincial” entendiendo que son inaplicables “en las relaciones de empleo entre el municipio y quienes prestan el servicio de guardavidas”.
El conflicto entre los guardavidas y el municipio lleva largo rato. En noviembre pasado referentes del sindicato cortaron el acceso a Monte Hermoso para visibilizar su reclaro.
Finalmente, según informaron desde Noticias Monte Hermoso, este viernes 25 de marzo, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió de manera favorable el pedido de la Acción Declarativa de Certeza presentada por el municipio.
El fallo responde “a la demanda presentada por el municipio pidiendo al máximo tribunal que dictara sentencia con relación a los términos de varios artículos de la Constitución provincial” entendiendo que son inaplicables “en las relaciones de empleo entre el municipio y quienes prestan el servicio de guardavidas”.
Las autoridades locales explican que “lo que está afirmando esta sentencia son dos cosas: por un lado, la inconstitucionalidad de contratación ejercida por la Ley de Guardavidas y, por el otro, darle la derecha al municipio a la hora de llevar una relación laboral con los guardavidas bajo el régimen de la Ley 14.656, a través de la figura de ‘contrato de trabajo eventual’. Ni más ni menos que la forma histórica de vincularse laboralmente la municipalidad con los guardavidas”.
Por último, señalan que “este fallo, de ninguna manera perjudica a los guardavidas ya que lo único que está haciendo la Suprema Corte es ajustar el uso de la ley a la realidad de un municipio que se rige a partir de su temporada estival”.
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