La Provincia sancionó con una multa de $194 millones a Worldcoin, la empresa que registra datos biométricos
Los participantes permitían el escaneo del iris. Se les pagaba con criptomoneda para lo que debían instalar una APP en el celular. Las irregularidades halladas durante las fiscalizaciones ordenadas por las autoridades bonaerenses.
El ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense inició una investigación tras advertir irregularidades contractuales, tales como la inclusión de cláusulas abusivas Y contradicciones entre la letra del documento y lo que se halló en las fiscalizaciones presenciales realizadas en diversas localidades de la provincia de Buenos Aires.
Se trata de la empresa que convocó a interesados a brindar datos biométricos personales y privados, a través del escaneo del iris del ojo y del rostro, con un dispositivo tecnológico denominado Orb. A cambio, los participantes debían instalar en su teléfono la aplicación de finanzas World App y recibir criptomonedas de la firma Worldcoin.
Las autoridades bonaerenses, mediante una investigación comenzada a principios de año, habían advertido no sólo la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión de Worldcoin, sino que la empresa tampoco cumplimentaba con el derecho a la información infringiendo la Ley Nacional de Defensa del Consumidor. Se le ordenó modificar sus Términos y Condiciones.
La cartera a cargo de Augusto Costa, con el fin de garantizar el cumplimiento de los derechos de los consumidores, dispuso una multa de $194 millones de pesos a la empresa Worldcoin Foundation y además le ordenó que suprima las cláusulas abusivas contenidas en sus contratos.
Durante las fiscalizaciones se pudo determinar que la empresa no solicitaba acreditación de identidad ni exhibía señalizaciones que indiquen que el requisito mínimo de edad para acceder al servicio es de 18 años, lo que implicaría el escaneo de datos personales sensibles de menores de edad.
Entre las diversas cláusulas abusivas detectadas, y que se ordenó suprimir de manera inmediata, están las que habilitan a la empresa a interrumpir el servicio sin ningún tipo de reparación ni reembolso.
Así también las que obligan a usuarios a renunciar a reclamos colectivos y establecen que la normativa aplicable, para residentes en la Argentina, sean leyes extranjeras (Islas Caimán), además de indicar que las eventuales disputas se resuelvan a través de un arbitraje en California, Estados Unidos, infringiendo lo establecido expresamente por el Código Civil y Comercial de la Nación.
Vale destacar el necesario control que requieren este tipo de empresas que permiten y promueven la obtención de datos biométricos sensibles de menores de edad con la problemática actual de la ludopatía en adolescentes, producto de apuestas online. Justamente, hace días el gobierno de la Provincia presentó un plan integral para abordar esta temática.
“Una de las contradicciones principales de la respuesta de la empresa es lo que expresa el contrato de adhesión respecto al almacenamiento de datos biométricos”, observó Ariel Aguilar, Subsecretario de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones de la Provincia, organismo del que depende la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores.
Y detalló: “Por un lado responden que se mantienen en el Orb y se destruyen y por otro lado en el contrato dice que son almacenados a otros países. Siguen sin respondernos donde son almacenados los datos biométricos personales de los bonaerenses”.
“La complejidad de estos contratos, lo novedoso de la operatoria desplegada, el bien jurídico que está en juego y la falta de información, impiden comprender clara y plenamente las reglas y el funcionamiento de toda esta operatoria”, añadió Aguilar.
Las cláusulas en infracción: los artículos 4° y 37 de la Ley N° 24.240, Resolución N° 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, Desregulación y la Defensa del Consumidor, Resolución N° 994/2021 de la ex SCI de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación.
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