Pedido de endeudamiento en Provincia: el oficialismo no reunió los votos necesarios y se cayó la sesión en el Senado
La cifra solicitada por Kicillof es equivalente a la suma de 150.000.000 de dólares. Los fundamentos del proyecto. El debate en la Cámara Alta bonaerense.
Tras varias horas de conversaciones y luego de un cuarto intermedio que se extendió por tres horas, finalmente este miércoles fracasó en el Senado bonaerense el tratamiento del proyecto enviado por Axel Kicillof en el que solicitaba “autorización para endeudarse en pesos por hasta el equivalente a la suma de ciento cincuenta millones (U$S 150.000.000)”.
En la negociación, Juntos por el Cambio le reclama a la administración bonaerense que cumpla con el pago de deuda a intendencias por certificados de obra, deudas del IOMA y del Instituto de Previsión Social (IPS). En tanto, desde la Gobernación bonaerense apuntaron contra los representantes del Pro porque las conversaciones estaban avanzadas con el radicalismo.
“Nosotros seguimos trabajando para lograr la aprobación del proyecto, que ya explicamos y es muy sólido”, indicaron desde el oficialismo a la Agencia Télam. El gobernador dio luz verde a esta iniciativa luego que el presidente electo, Javier Milei, anunciara la semana pasada que llevaría al mínimo la obra pública, decisión que puso en alerta a la administración provincial y a los gobiernos municipales.
Para avanzar en ese sentido, el lunes el ministro de Hacienda y Finanzas, Pablo López, se reunió con senadores y diputados de las comisiones de Presupuesto para explicar la necesidad de la solicitud de endeudamiento, y ayer con el intendente de Rauch, Maximiliano Suescún (UCR) y el de Tres de Febrero, Diego Valenzuela (Pro). En detalle, se trata de un pedido de ampliación que compensa lo perdido por inflación y sostiene en 2,5% el pedido de endeudamiento contenido en el presupuesto aprobado para el año en curso.
En el proyecto se indica que el objetivo es “financiar la ejecución de proyectos y/o programas sociales y/o de inversión pública actualmente en desarrollo o que se prevea iniciar, incluyendo aquellos en materia ambiental y de desarrollo sustentable, atender el déficit financiero, regularizar atrasos de Tesorería, otorgar avales, fianzas y/u otras garantías, afrontar la cancelación y/o renegociación de deudas, financieras y/o judiciales no previsionales, y/o de los servicios de deudas, como así también tender a mejorar el perfil de vencimientos y/o las condiciones financieras de la deuda pública”.
Además, se insta al poder legislativo a facultar al Ejecutivo a “modificar, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, previa solicitud del Intendente o de la Intendenta municipal, los cronogramas de devolución de las deudas vigentes en el marco del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la -Contención Fiscal Municipal” y del “Fondo Especial de Asignaciones Extraordinarias Salariales para Municipios”, los que contarán con un período de gracia hasta el 31 de julio de 2024. Agotado el periodo de gracia, dichos cronogramas de devolución podrán extenderse hasta 12 meses, superando el ejercicio fiscal”.
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