Segunda ola: Se publicó el decreto Nº 178/2021 con el detalle de las medidas que rigen para la Provincia de Buenos Aires
El documento señala en qué Fase se encuentran los Municipios y cuáles son las restricciones vigentes en cada caso. Algunas de las medidas que se detallan son las restricciones horarias para actividades comerciales, bares, restaurantes y circulación.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires publicó el decreto mediante el cual tramita la prórroga del artículo 3° del Decreto N° 132/2020 y del Decreto N° 203/2020, y la delegación de facultades para la implementación de las medidas generales de prevención y disposiciones locales.
Las mismas están focalizadas en la contención del coronavirus (COVID-19) para evitar el contagio y la propagación del mismo en la población.
Cabe aclarar que en la página 15 la restricción horaria para "actividad comercial en general" correcta es de 20.00 a 06:00 en Municipios de Fase 3 y para "actividad de bares y restaurantes" de 23:00 a 06:00.
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