Un partido pidió que la Corte declare la inconstitucionalidad de la re-reelección de intendentes bonaerenses
Se trata del Partido PAIS, cuyo presidente es Oscar Héctor Alva. En la presentación solicita que se declare la inconstitucionalidad del artículo 4 de la ley 15.315.
El Partido PAIS del distrito provincia de Buenos Aires efectuó una presentación judicial para que la Corte Suprema declare la inconstitucionalidad de la re reelección de los intendentes bonaerenses.
El planteo fue hecho ante el máximo tribunal por Oscar Hector Alva, presidente del partido PAIS de la provincia de Buenos Aires, que también solicitó que se dicte una medida cautelar para que se suspendan las PASO.
La presentación quedó registrada en el sistema público de consulta de expediente bajo el número 1039/2023 y el abogado patrocinante es Andrés Gil Domínguez. El status en el que figura es "En despacho".
Según publico Infobae, Alva pidió que se declare la inconstitucionalidad del artículo 4 de la ley 15.315, la cual establece: “Los mandatos de Intendentes, Concejales, Consejeros Escolares, Diputados y Senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley. En el caso de los mandatos que se hubieren iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer período sólo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior”.
El partido PAIS explicó en su demanda que en la actualidad hay 91 intendentes sobre los 135 que tiene la provincia de Buenos Aires que tienen la posibilidad de ir por un nuevo mandato extendiendo su vigencia en el territorio hasta 12 años.
“No existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder, mucho mas aun, si consideramos a la democracia sustancial sostenida por los derechos fundamentales y los derechos humanos como la base de sustentación del estado constitucional y convencional de derecho argentino”, sostuvo en su acción declarativa de inconstitucionalidad.
Agregó que el artículo 4 de la ley 15.315 “genera una objetiva afectación al principio republicano” y que viola el artículo 5 de la Constitución Nacional que fija que “Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional”.
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