Otro revés para los municipales de Pueyrredón: Montenegro formalizó el descuento para los que adhirieron al último paro
La Justicia rechazó la cautelar para suspender descuentos anteriores. Desde mayo reclaman por actualización salarial.
La definición del Ejecutivo afecta a los operarios que se plegaron a la jornada de lucha y movilización que llevó adelante el Sindicato de Trabajadores Municipales el pasado martes 25 de junio.
Una vez más, el STM reclamó por el ajuste salarial y nuevamente Guillermo Montenegro fue por el descuento de la jornada laboral, en igual sentido que lo aplicado en las huelgas del 4, 5 y 6 de abril.
La medida se instrumentó a través del decreto 1.509/24, en el se argumenta: “La relación de empleo público del agente municipal supone un compromiso recíproco, obligatorio, continuo, regular, resumido en la efectiva prestación del servicio a cargo del agente, y el consiguiente reconocimiento de la contraprestación salarial por parte del estado empleador”.
Y en esa línea postula que “la satisfacción de las demandas del sector gremial encuentran un tope en los recursos con los que el Estado cuenta, cuya administración le ha sido encomendada por la ciudadanía y han limitado sus representantes a través de la aprobación del presupuesto anual”.
Según el intendente, el departamento a su cargo “demostró acciones pro-activas a efectos de arribar a una solución componedora del conflicto, que satisfaga a ambas partes, no interrumpiendo en ningún momento el diálogo y la negociación como mecanismo de solución”.
Y procede al descuento del día de paro tomando como base “la jurisprudencia imperante en la temática tiene dicho que no corresponde abonar salarios por tareas no prestadas; extremo expresamente ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Medida que también afecta la “licencia por presentismo”. Tanto este punto como los descuentos de la huelga en abril, fueron reclamados por el STM ante la Justicia que se expidió rechazando la medida cautelar. Así las cosas, ahora el Tribunal de Trabajo N°4 deberá expedirse sobre la cuestión de fondo.
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